EL NOMBRE DE LA RIOJA

El nombre de La Rioja, como expresión fonética o gráfica, pertenece por disposición estatutaria a la Comunidad Autónoma de La Rioja y por Ley Orgánica 4/1985 de 31 de mayo que lo aprueba; goza por su misma naturaleza y rango normativo formal de una publicidad y protección jurídica superior a la que cualquier registro público puede proporcionar.

· El nombre es el signo verbal en el análisis formal del campo semiótico de la Identidad Corporativa. La identidad empieza con el nombre que es el que da a las cosas su verdadera realidad y su identidad comunicable.

· La identidad verbal es el primero de los recursos que da existencia real a la Comunidad y a sus Instituciones; la hace concebible, comunicable, reconocible, identificable y memorizable; y es el sustrato mismo de su cultura y de su imagen pública.

· El nombre se hace grafía, y materializa la identidad verbal como traducción visual, bajo la forma característica de un "Logotipo".


LA BANDERA DE LA RIOJA

"La Bandera simboliza la identidad regional de La Rioja" (artículo 1 de la Ley 4/1985 de 31 de mayo).
"La Bandera de La Rioja es la formada por cuatro franjas horizontales y de igual tamaño, de los colores rojo, blanco, verde y amarillo". (Título Preliminar, artículo 3.1. del Estatuto de Autonomía).

El Escudo de La Rioja podrá figurar en el centro de la Bandera.
Según la Ley Reguladora de los signos de identidad riojana, la utilización de la bandera ha de ser la siguiente:
Se colocará, juntamente con la de España, y deberá ondear en el exterior y ocupar lugar preferente en el interior de todos los edificios públicos civiles situados en el territorio de la Comunidad Autónoma. Se utilizará en todos los actos oficiales que se celebren dentro del ámbito territorial de la Comunidad Autónoma. Cuando la Bandera de La Rioja se utilice junto a la de España, corresponderá siempre y de máximo honor a la de España.


El tamaño de la Bandera de La Rioja no podrá ser mayor que el de la de España, ni inferior al de otras banderas cuando ondeen o se muestren juntas.


Se prohíbe la utilización de la Bandera de La Rioja como símbolo principal de partidos políticos, sindicatos, asociaciones empresariales, entidades privadas y personas físicas... La utilización de la Bandera de La Rioja como marca o distintivo de procedencia de productos o mercancías, requerirá autorización expresa y previa del Consejo de Gobierno.

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